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El nuevo concepto de teletrabajo, es el que se ejecuta habitualmente para un patrón, en el domicilio del trabajador o un local libremente elegido por él, sin vigilancia ni dirección inmediata de quién proporciona el trabajo.

La reforma al artículo 311 por la cual se adicionó un capítulo XII BIS de la Ley Federal de Trabajo indica que en esta modalidad los patrones tendrán como obligaciones especiales: proporcionar, instalar y encargarse del mantenimiento de los equipos necesarios para el teletrabajo como equipo de cómputo, sillas ergonómicas, impresoras, entre otros; recibir oportunamente el trabajo y pagar los salarios en la forma y fechas estipuladas; asumir los costos derivados del trabajo a través de la modalidad de teletrabajo, incluyendo, en su caso, el pago de servicios de telecomunicación y la parte proporcional de electricidad.

Aspectos esenciales de los contratos en donde se incorpora en Teletrabajo:
  • La persona trabajadora bajo la modalidad de teletrabajo es quien preste sus servicios personal, remunerado y subordinado en un lugar distinto a las instalaciones de la empresa o centro de trabajo del patrón y utilice las tecnologías de la información y la comunicación, para efectos de este, cuando el 40% del cumplimiento laboral sea fuera de su centro, será considerado como teletrabajo.
  • Las condiciones generales de trabajo señaladas en el artículo 25 de la Ley Federal de Trabajo, deberán estar establecidas, así como las derivadas de la modalidad de teletrabajo, lo que permitirá garantizar que no existan diferencias o exclusión en los derechos laborales regulados en la ley.
  • La modalidad de teletrabajo debe estar considerada en el contrato colectivo de trabajo y/o en el Reglamento Interior de Trabajo, garantizando que las personas trabajadoras bajo esa modalidad tengan conocimiento de los procedimientos de libertad sindical y negociación colectiva.
  • Es obligación especial para los patrones, aportar los medios, recursos y herramientas que sean necesarias para cumplir con el teletrabajo, las cuales incluyen, entre otros, asumir gastos que se deriven de la jornada laboral respecto al derecho de la desconexión, mecanismo de capacitación y asesoría para el uso adecuado de las tecnologías de la información y la comunicación.
  • Son obligaciones especiales para las personas trabajadoras bajo la modalidad de teletrabajo, el cuidado, guarda y conservación de los insumos que se le proporcione para realizar sus labores, respetar las disposiciones en materia de seguridad y salud en el trabajo y la protección de datos utilizadas en el desempeño de sus actividades.
  • Garantizar el cambio de modalidad presencial al teletrabajo, a fin de asegurar los derechos de las personas trabajadoras bajo la modalidad de teletrabajo, en relación con los trabajadores presenciales.
  • Promover el equilibrio de las relaciones laborales de conformidad con la ley, así como observar la conciliación de la vida personal y la jornada laboral en una perspectiva de género.
  • Garantizar el derecho a la intimidad, respetando los datos personales y acotando las circunstancias bajo las cuales se podrán utilizar cámaras de vídeo y micrófonos.

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