La inscripción en el REPSE: Dolor de cabeza para las empresas.

Es una realidad que con la entrada en vigor de la Reforma Laboral en materia de subcontratación del 23 de abril y con la de las Disposiciones de Carácter General del 24 de mayo aún faltan reglas claras para cumplir con el registro de prestadores de servicios especializados. Cambios a los objetos sociales, cumplimiento de obligaciones, delimitación de las actividades, entre otros, han sido algunos de los principales problemas a los que se han venido enfrentando las empresas. Esto debido a que la nueva regulación establece escasos 90 días para que algunas empresas con esquemas de operación complejos definan cuales son las actividades que ya no podrán seguir prestando a sus clientes, de quienes han recibido comunicados y cartas compromiso para poder seguir recibiendo sus servicios.

El proceso de inscripción puede ser un verdadero dolor de cabeza para las empresas, ya que en algunos casos se requieren de mucho análisis y negociaciones con sus clientes.

Criterios confusos para registrar a los prestadores de servicios especializados en el padrón de la Secretaría del Trabajo y en ocasiones la falta de los mismos, han generado consultas directas ante la STPS a través del derecho de petición, lo que retrasa aún más la obtención del registro.

Una sugerencia es: una visión integral. Poner especial atención en la armonía entre el objeto, las actividades manifestadas ante el SAT en el alta en el RFC, así como las señaladas en el alta patronal ante el IMSS y los servicios contratados con los clientes, con la finalidad de obtener mayores probabilidades de obtener el acuse de inscripción y esperar la revisión por parte de la autoridad.

Leave A Reply